El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha ordenado la readmisión de una auxiliar administrativa de una autoescuela de Irun que fue despedida tras encadenar varias bajas médicas derivadas de un cáncer de mama. La empresa comunicó la extinción del contrato alegando un bajo rendimiento, aunque reconoció la improcedencia de la medida. Pese a ello, mantuvo a la trabajadora dada de alta en la Seguridad Social, una circunstancia que no impidió que la Justicia considerara válido el despido.
La Sala ha determinado que la decisión empresarial estuvo relacionada con la situación de salud de la empleada, al no existir una causa objetiva que justificara la ruptura del contrato y producirse la comunicación justo después de iniciar una nueva baja médica. Por este motivo, el despido ha sido declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales.
Además de la reincorporación obligatoria, la sentencia fija una compensación de 7.501 euros por daños morales a favor de la trabajadora. El fallo refuerza la protección frente a decisiones laborales que puedan suponer discriminación por enfermedad.





























