La fiscalía de menores pide incluir el acoso escolar en la legislación penal

La fiscalía de menores de Valencia ha pedido incluir el acoso escolar en la legislación penal tras el auge de la violencia entre menores de los últimos años, y después de que no se incluyera en la reforma realizada en 2015.

Así lo ha expresado la coordinadora general de la Sección de Menores de la Fiscalía Provincial de Valencia, Consuelo Benavente, durante las jornadas de ‘Convivencia escolar y ciudadanía activa en la era digital’, organizadas por el Ministerio de educación y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP).

Durante su ponencia, ha recordado que la ley de 2001 de responsabilidad penal del menor, por la que se crea la fiscalía de menores, ha sido modificada en numerosas ocasiones «a golpe de prensa» como ocurrió con la protección del derecho a la intimidad tras el famoso caso del vídeo erótico de Olvido Hormigos. «Ante cualquier situación de violencia la tolerancia debe ser cero; pero debemos dilucidar qué es acoso y qué no lo es», ha sentenciado.

Por su parte, el exdefensor del menor en la Comunidad de Madrid, Javier Urra Portillo, que ha pronunciado la conferencia ‘Amistades peligrosas. En el cara a cara y en la red’, ha resaltado que es fundamental concienciar a los menores sobre los cambios sociales en materia tecnológica y de igualdad para evitar casos de ciberacoso entre menores y, especialmente, entre parejas adolescentes.

«A los adolescentes hay que contarles la verdad para destruir el concepto de amor romántico y que no haya adolescentes diciendo que se acuestan con su novio por miedo a que estos las abandonen por otras chicas aunque realmente no quieran hacerlo», ha señalado Urra en una entrevista minutos antes de su intervención. «Animo a que los padres informen a sus hijos de que les van a vigilar, haciéndoles entender que su móvil u ordenador es un objeto del que pueden hacer uso pero no que es de su propiedad», ha destacado.

Consuelo Benavente ha matizado que la fiscalía tiene un carácter subsidiario del conflicto y que la verdadera prevención nace de «una buena comunicación ente los centros educativos y las familias, para que actúen en los límites de la fiscalía».

La libertad vigilada, el internamiento en un centro de menores, las prestaciones en beneficio de la comunidad o las tareas socio-educativas son algunas de las medidas legales más comunes cuando un conflicto de acoso se resuelve en un juicio. De entre todas las actuaciones posibles, Benavente ha destacado la importancia de la mediación (previa al juicio) entre las partes; ya que permite una participación activa de la víctima para que se exprese sus sentimientos y demandas; y un espacio de reflexión y arrepentimiento para el agresor.

«En la mayoría de los casos, las víctimas no buscan una compensación económica por tener un hematoma; sino que quieren una disculpa sincera de su agresor para sentirse más tranquilos», ha explicado. Es común que acosadores y acosados tengan «una gran mochila de problemas a sus espaldas» producida por convivir con situaciones de violencia de género, problemas mentales como anorexia o depresión o traslados de domicilio extremos como la inmigración.