Entran en vigor las restricciones de aforo en locales e instalaciones

Desde esta medianoche han entrado en vigor algunas de las medidas adoptadas en el último LABI, como la reducción al 35% del aforo máximo para todos los locales e instalaciones, salvo en las que se aplique una limitación específica.

En los establecimientos de hostelería y restauración se establece el 35 por ciento de aforo en los interiores y la prohibición de consumo en barra o de pie. La organización del servicio, tanto en interiores como en terrazas, podrá ser de hasta seis personas por mesa o grupo de mesas, salvo en el caso de convivientes. Además, no podrá disponerse en mesas para cuatro personas, como tampoco en las de seis, un número superior de clientes.

Además, desde hoy el máximo de personas susceptible de reunión en recintos para cualquier tipo de evento social, cultural o deportivo no superará las 400 personas en interiores y las 600 personas en exteriores. En recintos con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo no podrá superar el 20 por ciento y, siempre que sea posible, se establecerán sectores independientes de menos de 1.000 personas, con puntos de acceso y zonas de paso independiente.

Por otro lado, en eventos sociales en los que se producen aglomeraciones esporádicas o accidentales de personas que no están sujetas a control por ningún organizador concreto, deberá establecerse la obligatoriedad de mantener la distancia interpersonal de un metro y medio. El aforo máximo estimado por persona es de cuatro metros cuadrados en el espacio en que se esté produciendo la aglomeración.