¿Cuáles son las medidas asociadas a los 4 niveles de alerta?

El documento de ‘Actuaciones de respuesta coordinada para hacer frente a la pandemia por Covid-19’ ha sido aprobado. Éste establece cuatro niveles de alerta con medidas de actuación frente al virus:

Nivel 1

– Relacionarse en burbujas sociales estructuradas en grupos de convivencia estable y no hacer reuniones de más de 15 personas, así como restringir los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

– Los aforos no deberían superar el 75 % (hasta un máximo de 50 personas) en espacios cerrados para velatorios, entierros y ceremonias fúnebres y de otro tipo como bodas y bautizos, sin limitaciones al aire libre. La misma capacidad reserva, con un máximo de hasta 10 personas por mesa -15 si es en exteriores-, para los interiores de establecimientos de restauración y hostelería, salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas. Mantiene el cierre de las discotecas.

Nivel 2

– Restringir los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

– Prohibición del consumo en barra y la reducción del 50 % del aforo en interiores de locales de restauración y hostelería, el mismo que para las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos, aunque en estos dos últimos casos prevé su cierre si no se puede garantizar la seguridad y ventilación.

– Reuniones de un máximo de diez personas y fomentar el teletrabajo son otras de las medidas incluidas, así como la recomendación de permanecer en el domicilio.

– Restricciones del 50 % del aforo en entierros y velatorios en espacios cerrados (máximo 30 personas) y no hay limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia, las mismas recomendaciones que para otras ceremonias como bodas y bautizos.

Para los lugares de culto, se reduce a la mitad el aforo máximo y en espacios cerrados. “Ofrecer servicios telemáticos o por televisión”, se acuerda.

Nivel 3

– Limitar a un máximo de seis las congregaciones de personas y la “valoración” de limitación de horarios de apertura al público de hasta las 23 horas en los establecimientos en servicio no esencial.

– Respecto al interior de locales de restauración y hostelería, la autoridad sanitaria valorará el cierre, y en su defecto reducirá el aforo al máximo posible; lo mismo que indica para establecimientos como salas de bingo, casinos o locales de apuestas.

– Pero también recomienda salir del domicilio “solo lo necesario”, valorar la limitación de entradas y salidas del área territorial salvo actividades esenciales y acudir al trabajo de manera “excepcional” para actividades o reuniones precisas.

– En cuanto a los velatorios y entierros limitar el aforo a un tercio en sitios cerrados (máximo diez personas) y 20 asistentes máximo en espacios abiertos. Sobre otras ceremonias como bautizos o bodas, apuesta por aplazarlos si es posible, no obstante, establece limitaciones de asistencia.

Nivel 4

– Si un territorio es declarado en el nivel 4, además de las restricciones del nivel 3, se adoptarán “medidas excepcionales, tras una evaluación específica de la situación, que podrán incluir la limitación de la movilidad de las personas, cierres perimetrales u otras restricciones del movimiento”.