Nueva normativa de tráfico de la DGT

El Consejo de Ministros ha aprobado un paquete de reformas legales que modifica la legislación española en materia de tráfico y circulación para conseguir rebajar en un 50 % los fallecidos y heridos graves durante la próxima década.

Las medidas son las siguientes:

1. Infracciones que ahora costarán más puntos

-Uso del móvil al volante: conducir sujetando el móvil con una mano pasará a costar seis puntos en lugar de los tres que se restaban hasta ahora.

-No utilizar el cinturón de seguridad, el casco en el caso de las motocicletas y los sistemas de retención infantil o no utilizarlos correctamente (por ejemplo, casco o cinturón sin abrochar) supondrá la pérdida de cuatro puntos en lugar de tres.

-Detectores de radares: llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares se multará con 500 euros y pérdida de tres puntos independientemente de que estén encendidos o apagados. Antes solo se sancionaba si estaban en uso, ahora también su mera tenencia.

-Velocidad máxima al adelantar: no se podrá superar la velocidad máxima de la vía para adelantar en carreteras convencionales. Antes se podía rebasar en 20 km/h.

-Pinganillos: el uso de pinganillo en el examen de conducir se penalizará con 500 euros de multa y la prohibición de volverse a presentar en seis meses.

Todos estos cambios serán efectivos a partir del próximo 2 de enero.

2. Nuevos límites de velocidad en ciudad y regulación de patinetes

Entre el paquete de medidas se incluye un real decreto que fija nuevos límites generales de velocidad en vías urbanas y define y regula los vehículos de movilidad personal (entre ellos los famosos patinetes eléctricos).

-Velocidad máxima en ciudad: en vías urbanas, la velocidad máxima quedará limitada a 20 km/h en calles con plataforma única de calzada y acera -aquellas en las que la acera y la carretera se encuentran a la misma altura, como es habitual en las zonas céntricas de las ciudades o cascos antiguos- y a 30 km/h en las vías de un único carril por sentido de circulación. En las vías con dos o más carriles por sentido el límite seguirá siendo 50 km/h.

Estas medidas concretas entrarán en vigor seis meses después de la publicación del decreto en el BOE.

-Patinetes eléctricos: el decreto define los vehículos de movilidad personal como «vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos». Estos vehículos podrán circular como máximo a 25 km/h y tendrán prohibido hacerlo por aceras, zonas peatonales, vías interurbanas, autopista u autovías dentro de poblado y túneles urbanos.

Además, estos vehículos deberán disponer de un certificado de circulación que especifique que se cumplen una serie de características técnicas, que aparecerán en un futuro manual que todavía tiene que aprobar la DGT. Esta medida entrará en vigor dos años después de que la DGT publique dicho manual en el BOE.

3. Se podrá conducir camiones y autocares con 18 años

Un tercer decreto reduce las edades mínimas para obtener el permiso de conducción de camiones y autocares de los 21 a los 18 años, aunque en el caso de los autocares para poder transportar pasajeros la edad mínima se mantiene en 21. Además, por primera vez se abre la puerta a que «personas con problemas asociados al sistema locomotor» puedan obtener estos dos permisos, aunque solo en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada.